Correcciones catastrales en Canarias
¿Qué es una corrección catastral?
Puede ser solicitada por el propietario y requiere documentación técnica que justifique la modificación.
Base legal: Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Plazos y coste
El plazo de resolución puede variar según la complejidad y la respuesta del Catastro, pero habitualmente oscila entre 1 y 3 meses. El coste depende de la superficie y documentación necesaria. Solicita tu presupuesto sin compromiso.
Las correcciones catastrales son necesarias cuando:
- La superficie construida no coincide con la real
- El uso registrado (vivienda, almacén, local, etc.) es incorrecto
- Hay diferencias en linderos o ubicación
- El inmueble no aparece o aparece duplicado
- Se ha demolido o reformado parte de la construcción
Cómo realizamos la corrección
- Revisión de datos catastrales y registrales
- Medición y levantamiento planimétrico si es necesario
- Redacción del informe técnico firmado por un técnico colegiado
- Presentación en la sede electrónica del Catastro o en el ayuntamiento correspondiente
- Seguimiento hasta la resolución
Preguntas frecuentes
¿Necesito estar presente?
No es necesario, pero sí que facilites el acceso al inmueble si se requieren mediciones.
¿Qué pasa si no corrijo el Catastro?
Puedes tener problemas en la venta, herencia o pago de impuestos por datos erróneos.
¿Es lo mismo que modificar el Registro de la Propiedad?
No. El Catastro es un registro administrativo con fines fiscales, y el Registro de la Propiedad es un registro jurídico.
¿Tienes datos erróneos en el Catastro?
Te ayudamos a corregirlos de forma rápida y legal.